A pesar de que cada vez son más las Hermandades y Cofradías que cumplen con sus obligaciones, aún existe mucho desconocimiento sobre la importancia de un adecuado control del Patrimonio de estas entidades. No existen dudas respecto a la importancia de contabilizar el Patrimonio Cofrade, ya que permite conocer el pasado, vigilar el presente y programar el futuro de las inversiones a realizar, tanto a corto como a largo plazo.
Conseguir una adecuada gestión del Patrimonio de una Hermandad o Cofradía no es tarea fácil, es necesario identificar y contar con la información precisa de los bienes que lo componen. Para ello deberemos disponer de sus principales datos: descripción, estado, ubicación física, valor o vida útil, entre otros.
Pero, ¿Son conscientes las Juntas de Gobierno de la importancia de la llevanza de una adecuada contabilidad?
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La obligación legislativa
Ya hemos hecho mención en anteriores ocasiones que la llevanza de la contabilidad por parte de las Hermandades y Cofradías es obligatoria. El Código de Derecho Canónico en su canon 319 establece lo siguiente:
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A no ser que se prevea otra cosa, una asociación pública legítimamente erigida administra los bienes que posee conforme a la norma de los estatutos y bajo la superior dirección de la autoridad eclesiástica de la que se trata en el Canon 312.1, a la que debe rendir cuentas de la administración todos los años.
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La rendición de cuentas ante la autoridad eclesiástica pone de manifiesto la importancia de la administración contable de los bienes de la entidad. En cualquier momento, ésta nos puede exigir información respecto al patrimonio existente. En estos casos, la mayoría de las Diócesis lo que exige es el libro de registro de inventario, a través del cual se podrá acreditar la situación patrimonial de la entidad.
Por otra parte, la Ley del Impuesto sobre Sociedades en su artículo 10 señala lo siguiente:
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Los contribuyentes de este impuesto deberán llevar su contabilidad de acuerdo con lo previsto en el Código de Comercio o con lo establecido en las normas por las que se rigen.
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Toda entidad que sea sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades tiene la obligación llevar su contabilidad tal como exige la ley. Además, aquellas entidades acogidas a la Ley 49/2002 poseen como requisito necesario para acogerse a su régimen fiscal, el cumplimiento de las obligaciones contables previstas en las normas por las que se rigen, o en su defecto por el Código de Comercio y disposiciones complementarias.
Por lo tanto, por obligaciones de carácter legal y para evitar posibles consecuencias de carácter fiscal debemos llevar un adecuado control contable de la entidad.
Por ejemplo, imaginemos que tenemos una inspección fiscal y la AEAT descubre que hace dos años adquirimos un paso procesional. Dicha adquisición gracias a donaciones anónimas pero una mala gestión contable no recogió esta circunstancia. Existe una alta probabilidad de que el inspector que lleve el caso determine que dicho bien se adquirió con dinero no declarado y esta situación devengue en la tributación de los impuestos pertinentes.
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La importancia de la gestión patrimonial
Más allá de la citada obligación legal, activar los bienes de la Cofradía permite cumplir, con el socorrido requisito, de que la contabilidad refleje la “imagen fiel” del patrimonio y de los bienes y derechos de la entidad. Aparte de ayudarnos enormemente a cumplir con nuestras obligaciones fiscales.
Los miembros de las Juntas de Gobierno de estas organizaciones deben tener presente que una de sus mayores responsabilidades es administrar adecuadamente los bienes de la entidad. Activarlos nos va a permitir conocer qué bienes poseemos así como el valor otorgado a los mismos. Muchas veces hemos escuchado la frase “lo que no se mide no se puede controlar”, desde mi punto de vista es una gran certeza.
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El libro de inventario como principal herramienta
Lo ideal sería que cualquier Cofradía y Hermandad pudiera conocer su inventario en todo momento, pero esa gestión tiene un coste que no lo hace rentable. No es lo mismo el inventario de una fábrica de mobiliario con 1.000 referencias que el de una entidad de esta tipología. Los principales tips que aconsejo respecto a la administración y control del Patrimonio de las Hermandades y Cofradías son los siguientes:
1.- Uso de programas informáticos que faciliten la valoración y el control de inventarios. Actualmente, existen en el mercado diversos software específicos para este tipo de entidades incluyendo la mayoría un módulo de gestión de inventario.
2.- Implementación de métodos de gestión y control. Por ejemplo, es recomendable que el conteo lo realice personal habituado o con conocimiento suficiente de los activos que posee la entidad.
3.- Realiza inventarios en fechas concretas. Para aunar la utilidad administrativa con la fiscal lo ideal sería a final de año.
Finalmente, hay que dejar constancia de que realizar un buen inventario no es tarea fácil. En la mayoría de los casos puede llevar varios días, más si cabe si es la primera vez que llevamos a cabo el mencionado recuento.
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Conclusiones
Tras el análisis realizado, podemos concluir señalando que es preciso que cada Hermandad o Cofradía identifique la necesidad puntual que posee en la administración de su activo fijo. Para ello deberán analizar la importancia que puedan tener determinados bienes, por su relevancia económica y determinar un plan estratégico que les permita estar en armonía con el cumplimiento normativo y el reporte interno. El inventario físico anual no debe contemplarse como una obligación legal sino como la oportunidad de controlar, medir y mejorar la gestión de la entidad.
Los hermanos de las organizaciones deben ser conscientes de que el órgano de gobierno de la entidad administra adecuadamente los recursos que posee. Como hemos dicho
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“lo que no se mide no se puede controlar”.